Por Talía Tita
Entre los grandes cambios que impulsa el Presidente a través de la Ley ómnibus, aparece la desgravación de productos importados para uso personal entre los viajantes que traen del exterior.
Javier Milei impulsa a eliminar los cobros de impuestos, que afectan a viajeros con fines de comercializar productos, aunque se superen los 500 dólares.
el artículo 64 dice: “Las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje, que se importen para consumo sin fines comerciales, fuera de las franquicias que otorga el Decreto Nº 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, no estarán gravadas por ningún tributo”.
Es decir que se eliminaría el graven del 50% de los bienes que se traen del exterior cuando el precio supere los 500 dólares establecidos.
De aprobarse la Ley y que no se modifique ese articulo, la Aduana ya no podrá cobrar impuestos a aquellos viajeros que ingresen productos para uso personal del exterior, sin importar el valor que estos tengan.
Por su parte, sustituye el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2753/91 por el siguiente: “Para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje no será necesario completar ningún formulario. En caso de que la cantidad de la mercadería a importar haga presumir fines comerciales, la Dirección General de Aduanas seguirá los procedimientos contemplados en la normativa vigente”.
De esta manera se podrá ingresar diversos productos sin importar costos o tamaño, habiéndose eliminado el impuesto, y seguramente será más barato comprar en el exterior que en el país.